A partir de 11/2014, AFIP mediante la resolución general 3693, agregó a los valores correspondientes al aporte destinado al Sistema Nacional del Seguro de Salud y Previsional (SIPA), la cobertura del Sistema de Riesgos del Trabajo. Estos valores tuvieron su primer vencimiento en noviembre de 2014.
Los valores a pagar en forma obligatoria por el empleador quedan configurados del siguiente modo:
Horas Trabajadas Semanalmente | Jubilación (SIPA) | Obra Social | Riesgos del Trabajo | Total a Pagar |
(A) Trabajador activo mayor de 18 años | ||||
Menos de 12 hs. | $12 | $19 | $130 | $161 |
Desde 12 a menos de 16 hs. | $24 | $35 | $165 | $224 |
16 o más. | $35 | $233 | $230 | $498 |
(B) Trabajador activo menor de 18 años y mayor de 16 | ||||
Menos de 12 hs. | $19 | $130 | $149 | |
Desde 12 a menos de 16 hs. | $35 | $165 | $200 | |
16 o más. | $233 | $230 | $463 | |
(C) Trabajador jubilado | ||||
Menos de 12 hs. | $12 | $130 | $142 | |
Desde 12 a menos de 16 hs. | $24 | $165 | $189 | |
16 o más. | $35 | $230 | $265 |
Previamente es necesario que el empleador contacte a un productor de seguros y realice la afiliación a la ART de su empleado.
En caso de que el empleador no lo haga, deberá responder ante su trabajador doméstico en caso de que ocurran accidentes de trabajo o se presenten enfermedades profesionales. Asimismo, el empleador estará en infracción, y se arriesga a que le apliquen las multas por incumplimiento previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo.
Para la realización de estos pagos AFIP confeccionó nuevos formularios. Puede descargarlos desde aquí:
F1350 Cese de relación laboral
Fuente: Afip
Información muy interesante, buen trabajo.
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y aumento de sueldo no hay???? no me van a decir que las pobres sirvientas también tenemos que pagar la festichola de los KK
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